Ley 21.719 · Cumplimiento activo
DPO Externo · Ley 21.719 · Derechos ARCOP

DPO Externo: un delegado de datos que opera tu cumplimiento cada mes

Un especialista de IDATA Chile actúa como punto de contacto ante los titulares y la Agencia, atiende las solicitudes ARCOP y mantiene tu documentación al día, con un costo mensual fijo y un tope claro de solicitudes.

Desde UF 10,0/mes + IVA
Hasta 40 solicitudes ARCOP al mes
Opera sobre iDataSeguro
Delegada de protección de datos revisa en pantalla el estado de las solicitudes de titulares
Cada solicitud registrada y trazable en iDataSeguro
En breve

Un DPO externo es un delegado de protección de datos contratado como servicio, sin relación laboral con tu empresa. Bajo la Ley 21.719 actúa como punto de contacto ante los titulares y la Agencia de Protección de Datos Personales, supervisa el cumplimiento y atiende los derechos ARCOP. En IDATA Chile se contrata por mes, desde UF 10,0 + IVA.

Qué hace un DPO Externo

El día a día del cumplimiento de la Ley 21.719, con responsabilidades definidas en cada plan.

Punto de contacto

Es el interlocutor de tu empresa ante los titulares de datos y ante la Agencia de Protección de Datos Personales, con un canal identificado y respuestas trazables.

Solicitudes ARCOP

Recibe, valida y responde las solicitudes de acceso, rectificación, supresión, oposición y portabilidad dentro de plazo, y deja registro de cada caso. Ver la guía de derechos ARCOP.

Documentación al día

Hace seguimiento del registro de actividades de tratamiento, las políticas y los avisos de privacidad, y los actualiza cuando cambian los procesos de la empresa.

Incidentes y brechas

Desde el plan Profesional, gestiona los incidentes que afectan datos personales y coordina la notificación de brechas según el protocolo de la empresa.

Fiscalizaciones

Desde el plan Profesional, acompaña a tu empresa ante requerimientos y fiscalizaciones, con la evidencia ordenada en iDataSeguro.

Capacitación y reporte

En el plan Corporativo, suma capacitación anual, simulacros de brecha, auditoría interna semestral y reporte a la gerencia.

¿Cuándo conviene un DPO Externo?

Si tu empresa se reconoce en alguna de estas situaciones, un delegado externo suele ser el paso más eficiente.

Tratas datos sensiblesSalud, datos biométricos o financieros detallados. Ver clínicas y centros de salud.
Muchos titularesTienes una base grande de clientes, pacientes o colaboradores que pueden ejercer sus derechos en cualquier momento.
Adoptas un modelo de prevenciónSi implementas el modelo de prevención de infracciones, designar un delegado pasa a ser un requisito.
Llegan solicitudes y nadie las respondeLas peticiones de titulares quedan en el correo de alguien, sin plazo controlado ni registro.
Tus clientes exigen un responsableGrandes empresas piden a sus proveedores un responsable de datos designado. Ver Cadena de Suministro.

Requisito: el DPO Externo opera un programa de cumplimiento ya implementado, con IDATA Chile o con otro proveedor. Si aún no lo tienes, parte por el Diagnóstico y la Implementación Ley 21.719 o por el Programa 21.719 a prueba de prórroga.

Designar, contratar, apoyar e implementar no son lo mismo

Cuatro decisiones distintas que conviene no mezclar, según la Ley 21.719 y el Decreto 662 de 2025.

Designación del delegado

La hace la máxima autoridad directiva o administrativa. Puede recaer en un dependiente, en el dueño de una MIPYME o en un prestador externo. Es requisito si se adopta el modelo de prevención de infracciones.

Contratación de un proveedor externo

IDATA Chile presta el servicio de DPO e individualiza en el contrato a la persona natural que actúa como delegado. La responsabilidad del cumplimiento sigue siendo de tu empresa.

Apoyo a un delegado interno

Si tu organización ya tiene un delegado propio, o es un órgano público (que debe designar a un funcionario de su dotación), lo apoyamos en lo técnico, operativo y normativo sin reemplazar esa designación.

Implementación del programa

El programa de cumplimiento se implementa antes (Diagnóstico e Implementación Ley 21.719). Quien actúa como delegado no debe supervisar actividades que él mismo ejecutó.

Planes DPO Externo

Servicio mensual. Cada nivel tiene un tope de solicitudes ARCOP, para que sepas exactamente qué cubre. Valores + IVA.

DPO Esencial
UF  10,0
/mes + IVA · hasta 5 solicitudes ARCOP
  • Hasta 5 solicitudes ARCOP al mes
  • Punto de contacto ante titulares y la Agencia
  • Consultas del equipo por correo
  • Seguimiento trimestral y actualización documental
Consultar plan
DPO Corporativo
UF  20,0
/mes + IVA · hasta 40 solicitudes ARCOP
  • Hasta 40 solicitudes ARCOP al mes
  • Todo lo del DPO Profesional
  • Simulacros de brecha y auditoría interna semestral
  • Capacitación anual y reporte a la gerencia
Consultar plan
Solicitudes ARCOP sobre el tope: UF 0,5 + IVA cada una. El servicio opera sobre iDataSeguro; la licencia se contrata aparte, según los precios publicados en idataseguro.cl.

Gobierno de Seguridad y Datos

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DPO interno vs DPO Externo

Ambos cumplen el mismo rol. La diferencia está en el costo, la forma de asegurar la autonomía y la continuidad.

Criterio DPO interno DPO Externo
Costo Sueldo de un profesional especializado, dedicado total o parcialmente, más costos de contratación. Valor mensual fijo según el plan, con tope de solicitudes conocido.
Independencia Debe tener autonomía respecto de la administración, aunque forme parte de la organización. No es automática: la autonomía, el reporte directo a la máxima autoridad y la gestión de conflictos de interés deben quedar pactados en el contrato.
Experiencia Centrada en la trayectoria de una persona. Experiencia acumulada en distintas empresas y sectores.
Continuidad Vacaciones, licencias o rotación dejan el rol sin cobertura. El servicio continúa aunque una persona del equipo no esté disponible.
Herramientas Planillas y correos, salvo que la empresa invierta en software. Solicitudes, plazos y evidencia gestionados en iDataSeguro.

DPO Externo: preguntas frecuentes

¿Qué es un DPO externo?
Un DPO externo es un delegado de protección de datos contratado como servicio, sin relación laboral con la empresa. Actúa como punto de contacto ante los titulares y la Agencia de Protección de Datos Personales, supervisa el cumplimiento de la Ley 21.719 y atiende las solicitudes de derechos ARCOP. La Ley 21.719 lo llama delegado de protección de datos (DPD); DPO es el término de mercado. Si el servicio lo presta una empresa, el contrato debe individualizar a la persona natural que actuará como delegado. Contratarlo no traslada la responsabilidad: la empresa sigue respondiendo por el cumplimiento.
¿Es obligatorio designar un DPO en Chile?
La Ley 21.719 no establece una obligación general de designar un delegado de protección de datos. Su designación es un requisito del modelo de prevención de infracciones previsto en el artículo 49, cuya adopción es voluntaria. Fuera de ese modelo, contar con un DPO puede ser recomendable según los riesgos y la complejidad de los tratamientos, sin perjuicio de exigencias específicas aplicables a la organización.
¿Cuánto cuesta el DPO Externo de IDATA Chile?
Hay tres planes mensuales, cada uno con un tope de solicitudes ARCOP: DPO Esencial a UF 10,0 + IVA al mes (hasta 5 solicitudes), DPO Profesional a UF 15,0 + IVA al mes (hasta 15, con gestión de incidentes y notificación de brechas) y DPO Corporativo a UF 20,0 + IVA al mes (hasta 40, con simulacros de brecha y auditoría interna semestral).
¿Qué pasa si recibo más solicitudes que el tope de mi plan?
Cada solicitud ARCOP sobre el tope mensual cuesta UF 0,5 + IVA. Si el volumen se mantiene alto, conviene cambiar al plan siguiente.
¿Necesito iDataSeguro para contratar el DPO Externo?
Sí. El servicio opera sobre iDataSeguro, donde quedan registradas las solicitudes, los plazos y la evidencia de cada caso. La licencia se contrata aparte, según los precios publicados en idataseguro.cl.
¿Puedo contratar un DPO si todavía no implementé la Ley 21.719?
El DPO Externo requiere un programa de cumplimiento implementado, con IDATA Chile o con otro proveedor. Si aún no lo tienes, el punto de partida es el Diagnóstico Ley 21.719 y luego la Implementación, que deja listos el registro de actividades de tratamiento, el procedimiento de derechos ARCOP y el protocolo de brechas.
¿Un organismo público puede contratar a IDATA Chile como su delegado?
No como delegado. El artículo quinto transitorio de la Ley 21.719 dispone que los órganos públicos que establezcan un delegado de protección de datos deben designar para ello a un funcionario de su dotación vigente. En esos casos, IDATA Chile puede apoyar al delegado interno en lo técnico, operativo y normativo: programa de cumplimiento, registro de actividades de tratamiento, procedimientos ARCOP, gestión de vulneraciones y capacitación.
¿Contratar un DPO externo traslada la responsabilidad del cumplimiento?
No. Designar un delegado, interno o externo, no libera al responsable del tratamiento: la empresa sigue respondiendo por el cumplimiento de la ley, incluso por las infracciones al deber de secreto de su delegado, sin perjuicio de las acciones que pueda ejercer contra él (artículo 50).

El DPO opera el cumplimiento; estos servicios lo preparan y lo complementan.

Etapa 3 · Operar

¿Quién responde hoy las solicitudes de tus titulares?

Agenda una reunión con nuestro equipo. Revisamos el estado de tu programa y te recomendamos el plan de DPO Externo que corresponde a tu volumen y riesgo.